Introducción

Este blog tiene por objeto recopilar toda la información que pueda ser de utilidad para preparar las oposiciones a la Carrera Judicial y a la Carrera Fiscal. Desde 2001, el acceso a ambas es común, es decir, es necesario superar el mismo proceso selectivo para, posteriormente, entregar un documento en el que se opta por una Carrera u otra.

La información está organizada en secciones para que puedas seleccionar más fácilmente el tema en el que estás interesado.

Gracias por visitar el blog y espero que te sirva de ayuda.

Desde el 7 de febrero de 2014, el blog está cerrado, sin perjuicio de posibles actualizaciones del temario. No me comprometo a contestar emails ni comentarios. Éste ha sido uno de los proyectos más bonitos de mi vida y os agradezco haberme acompañado en el camino.

sábado, 21 de febrero de 2015

Convocatoria 2015: temas actualizados a las últimas reformas legislativas y adaptados al nuevo programa (PROVISIONAL)

Buenos días chicos,

Dado que la fecha del test será, probablemente, el 12 de abril, y que hay un poco de prisa con la actualización de los temas, voy a optar por ir subiendo aquí los que ya tenga actualizados. Cuando los tenga todos, haré una nueva entrada colgando todo el temario actualizado como hago siempre (por eso en el título de ésta pone que es PROVISIONAL).

Respecto de cada tema, indico si la modificación es leve o sustancial, y esto para que os podáis organizar: si es leve, probablemente bastará que añadáis la modificación a lápiz en vuestros temas, mientras que si es sustancial, probablemente necesitéis imprimir el tema de nuevo.

Constitucional. Los temas que han experimentado cambios son los siguientes:

  • Tema 1. Modificaciones leves, realizadas en los epígrafes relativos a "principios constitucionales" y a "tratados internacionales". En este último epígrafe, se ha actualizado el tema a la Ley 25/2014. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 14. Modificaciones leves, relativas a la eficacia de las sentencias del TEDH. Se ha incluido el Acuerdo del Pleno de la Sala 2ª del TS de 21 de octubre de 2014. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 18. Modificaciones leves, relativas a los órganos de fiscalización de las CCAA. Puedes descargarlo aquí
  • Tema 22. Modificaciones sustanciales, pues cambia el título del epígrafe (antes "funcionamiento" y ahora "funciones"), así como su contenido. Puedes descargarlo aquí.

Civil (temas 1 a 49). Los temas que han experimentado cambios son los siguientes:

  • Tema 9. Modificaciones sustanciales, pues hay un cambio de epígrafes y de contenido del tema. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 12. Modificaciones leves, consistentes en que las referencias que se hacían al RD-L 8/2014 ahora se hacen a la Ley 18/2014. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 17. Modificaciones leves, relativas a que el nuevo plazo de prescripción de la acción de hipoteca naval es ahora de 3 años, según la Ley 14/2014. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 31. Modificaciones leves, pues hay un nuevo epígrafe "extinción", por lo que el subepígrafe "extinción" que existía bajo el epígrafe "efectos" pasa a tener un tratamiento independiente. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 48. Modificaciones leves, pues he introducido un subepígrafe "rescisión" a continuación del de "anulabilidad" porque entiendo (y repito, es mi opinión), que en ese tema procede hablar de la rescisión, aunque formalmente no exista ningún epígrafe al respecto. De cualquier manera, lo he metido en letra pequeña y creo que cada uno ha de decidir si cree que debe estudiarlo o no. Puedes descargarlo aquí.

Civil (temas 50 a 96). Los temas que han experimentado cambios son los siguientes:

  • Tema 52. Modificaciones sustanciales, por eliminación de epígrafes y necesaria extensión del tema. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 59. Modificaciones leves, consistentes en la eliminación del tercer inciso del artículo 7 LAR. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 61. Modificaciones leves, por haberse incorporado un nuevo epígrafe que ya estaba desarrollado en el tema. Puedes descargarlo aquí.
  • Tema 76. Modificaciones leves, por haberse incorporado un nuevo epígrafe y su desarrollo. Puedes descargarlo aquí.
Puedes descargar todo Constitucional y Civil con las actualizaciones anteriores y en formatos PDF y Word aquí.

sábado, 7 de febrero de 2015

Convocatoria 2015: preguntas frecuentes

Buenos días compis,

A raíz de la reciente publicación en el BOE de la Convocatoria 2015, y como ya hice respecto de la convocatoria anterior, voy a consignar aquí mi opinión respecto de algunas de las preguntas que frecuentemente me hacéis. 

¿Cuándo serán los exámenes? La Escuela Judicial emitió una nota informativa en la que indicaba que el test sería -salvo causa de fuerza mayor- el 12 de abril de 2015, en las sedes de Barcelona, Granada, Valladolid y Madrid. Consulta la nota informativa aquí para ver dónde te corresponde examinarte.

Asimismo y en esa misma nota, se indicó que, salvo circunstancias imprevistas, el segundo ejercicio comenzará en la semana del 4 al 8 de mayo, y el tercer ejercicio lo hará en la semana del 28 de septiembre al 2 de octubre. De nuevo, la llamada "convocatoria exprés", con pocos plazos entre exámenes.

¿Me tocará el oral de los primeros o de los últimos? La nota informativa determina que el orden de actuación de las personas aspirantes en los orales comenzará por aquéllas cuyo primer apellido empiece con la letra "C". Esto sólo da seguridad a aquéllos cuyo primer apellido empiece por la letra "C" (que irán las primeras semanas del oral) y a aquéllos cuyo primer apellido empiece por la letra "B" (que irán las últimas semanas del oral). El resto de opositores no tienen ninguna seguridad respecto a cuándo les tocará el oral porque para eso habría que saber el número exacto de tribunales y repartir a los opositores entre ellos para determinar la letra de corte. Por ejemplo, si hay 500 personas que van al oral y hay 2 tribunales, el corte estará en la persona 251, y si ésta tiene un primera apellido que empieza por la "M", entonces tanto los opositores con primer apellido que empiece por "C" como los de primer apellido que empiece por "M" se examinarán en las primeras semanas (los de la "C" en el tribunal 1 y los de la "M" en el tribunal 2).

Llevo poco tiempo preparando, ¿debería presentarme al test? En mi opinión, sí. Pero es que en mi opinión, nunca hay que desperdiciar la oportunidad de ganar experiencia en la oposición. En consecuencia, incluso si llevas 1 mes preparando, te recomiendo que eches la instancia (¡eso también requiere práctica!) y que vayas al test. Y que hagas lo que puedas. Aunque creas que es imposible aprobar, ponte una meta y trata de cumplirla. Por ejemplo, si sólo te sabes Constitucional y 25 temas de Civil, ve al test y trata de contestar las 10 preguntas de Constitucional y las que te sepas de Civil. Luego, si quieres, y como no tienes nada que perder, prueba a contestar el resto. Cuando salga la plantilla de respuestas, verifica que aquéllas que contestaste seguro (las que te sabías), no las has fallado. Si eso es así, da igual que hayas sacado un -4 en el examen (NO SE PUEDEN SACAR NOTAS NEGATIVAS, no os asustéis. Esto es una broma), porque habrás cumplido tu meta.

Las ventajas de presentarse al examen aunque creas que no vas preparado son las siguientes:

  • Aprendes a echar la instancia y, en caso de que hayas incurrido en algún defecto subsanable, a subsanarlo en el plazo previsto para ello.
  • Aprendes en qué lugar te toca hacer el examen tipo test, cómo viajar hasta allí y dónde alojarte.
  • Experimentas el ambiente de examen y compruebas cuáles son tus sensaciones.
  • Aprendes a gestionar el tiempo de examen.
  • Aprendes a valorar si te conviene contestar más preguntas o quedarte sólo con las seguras o casi seguras.
  • Aprendes a pasar las respuestas a la hoja de respuestas (MUCHÍSIMA GENTE SE EQUIVOCA HACIENDO ESTO).
  • ¿Te imaginas que apruebas? Qué maravilla.
Los únicos inconvenientes de presentarse al examen cuando crees que no vas preparado es que... te pones nervioso. Y que cuesta dinero (sobre todo desplazamiento y alojamiento, si no vives donde se hace el test -y si no haces las locuras que hago yo de viajar el propio día de examen-). Pero aparte de eso, yo sólo veo ventajas. ¡Anímate!

No he estudiado los Procesales, ¿cómo me preparo para el test? Los Procesales son sólo 20 preguntas del test (13 de Procesal Civil y 7 de Procesal Penal). Tradicionalmente, no era necesario, por la nota de corte, saberse estas preguntas para aprobar. Actualmente, no obstante, es un poco más complicado. Si no contestas ninguna pregunta de los Procesales, el resto del examen tiene que haberte salido muy, muy bien, y no puedes fallar preguntas "por despiste" (me refiero a esas preguntas "que van a pillar" y que fallas "por falsa seguridad" -o "por tonta", como digo yo-).

Creo que si no te sabes los Procesales, y teniendo tan poco tiempo de aquí al examen, tienes que prescindir de ellos. Algunos me preguntáis si conviene que os leáis los temas, o la ley, y sinceramente os digo que Procesal es una materia muy compleja y que creo que el tiempo que invirtáis en ella, dando por hecho que será poco, sólo va a serviros para perderlo. Personalmente me centraría en llevar Constitucional, Civil y Penal lo mejor posible. Si luego, en el examen, os suena alguna pregunta de Procesal, tendréis que valorar si contestarla o no (CUIDADO CON LA FALSA SEGURIDAD. Eso de "me suena de la carrera", que la carrera hace mucho que la terminamos y las respuestas de un tipo test siempre "suenan" porque ésa es su función, ser engañosas).

¿Vas a actualizar los temas de acuerdo con el nuevo programa? Sí. Estoy en ello.

¿Hay dispensas? No. En esta convocatoria, todo el mundo tiene que hacer los tres ejercicios, y si apruebas alguno de ellos pero no todos, no tienes ninguna ventaja de cara a la convocatoria siguiente.

Si tenéis alguna otra pregunta, aquí estoy para hacer lo que pueda :)

Convocatoria 2015: cambios en el programa

A continuación analizamos los cambios introducidos en el programa por la convocatoria 2015. En negro, los temas de la convocatoria 2015 que han sufrido modificaciones, y en morado, esos mismos temas en su anterior formulación en la convocatoria 2014. He subrayado los epígrafes añadidos o suprimidos, para que sean de más fácil identificación. Puedes acceder a la convocatoria de 2015 aquí (publicada en el BOE de 30 de enero de 2015). La Escuela Judicial publicó los cambios en el programa aquí. Tales cambios coinciden con los que a continuación expongo (he comparado ambos programas tema a tema para asegurarme de que son las únicas modificaciones que se han hecho).

DERECHO CONSTITUCIONAL


(2015), MODIFICACIÓN. Tema 22. El Poder Judicial. La sumisión del juez a la ley y la independencia judicial; la inamovilidad. El Consejo General del Poder Judicial. Estructura y funciones.
(2014) Tema 22. El Poder Judicial. La sumisión del juez a la ley y la independencia judicial; la inamovilidad. El Consejo General del Poder Judicial. Estructura y funcionamiento.
DERECHO CIVIL


(2015), MODIFICACIÓN. Tema 9. Las personas con discapacidad; la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La incapacitación y la prodigalidad: aspectos sustantivos. Protección patrimonial de las personas con discapacidad. Capacidad del concursado.

(2014) Tema 9. La incapacitación. Efectos. El internamiento del presunto incapaz. Protección patrimonial de las personas con discapacidad. La prodigalidad. Capacidad del concursado.

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 31. La hipoteca inmobiliaria: concepto, caracteres y clases. Requisitos subjetivos. Cosas y derechos susceptibles de ser hipotecados. Efectos y extensión. Extinción.
(2014) Tema 31. La hipoteca inmobiliaria: concepto, caracteres y clases. Requisitos subjetivos. Cosas y derechos susceptibles de ser hipotecados. Efectos y extensión.
(2015), MODIFICACIÓN. Tema 52. Obligaciones del comprador. Pago del precio y de intereses. Garantías en caso de aplazamiento: examen del artículo 1.504 del Código Civil.
(2014) Tema 52. Obligaciones del comprador. Pago del precio y de intereses. Garantías en caso de aplazamiento: examen del artículo 1.504 del Código Civil. Garantías del consumidor en la contratación. La contratación electrónica.
(2015), MODIFICACIÓN. Tema 61. Contrato de sociedad: concepto, naturaleza y clases. Constitución. Administración, obligaciones y derechos. Extinción.
(2014) Tema 61. Contrato de sociedad: concepto y clases. Constitución. Administración, obligaciones y derechos. Extinción.
 (2015), MODIFICACIÓN. Tema 76. El régimen de separación de bienes. El régimen de participación. El régimen matrimonial de bienes en el Derecho Internacional Privado.
(2014) Tema 76. El régimen de separación de bienes. El régimen matrimonial de bienes en el Derecho Internacional Privado.

DERECHO PENAL

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 2. La teoría jurídica del delito. El sistema causalista. El sistema finalista. El sistema funcionalista. El concepto jurídico de delito en el Derecho Penal español. Clases de delitos.
(2014) Tema 2. La teoría jurídica del delito. El sistema causalista. El sistema finalista. El sistema funcionalista. El concepto jurídico de delito en el Derecho Penal español. Clases de delitos. Sujetos, tiempo y lugar de la acción.
(2015), MODIFICACIÓN. Tema 3. La acción. Las teorías causales. Causalidad e imputación objetiva. El criterio de la jurisprudencia penal. Sujetos, tiempo y lugar de la acción.
(2014) Tema 3. La acción. Las teorías causales. Causalidad e imputación objetiva. El criterio de la jurisprudencia penal.
(2015), MODIFICACIÓN. Tema 21. La individualización de la pena. Reglas generales y especiales para la aplicación de la pena.
(2014) Tema 21. La individualización de la pena. Reglas generales y específicas para la aplicación de la pena.
DERECHO PROCESAL CIVIL

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 32. Juicios verbales de carácter plenario y sumario. El verbal de desahucio. El precario. El juicio sobre tutela posesoria. La tutela de derechos reales inscritos. El juicio de alimentos. El juicio verbal en materias de compraventa a plazos y arrendamientos financieros.
(2014) Tema 32. Juicios verbales de carácter plenario y sumario. El verbal de desahucio. El precario. El juicio sobre tutela posesoria. La tutela de derechos reales inscritos. El juicio de alimentos. La rectificación de hechos. El juicio verbal en materias de compraventas a plazos y arrendamientos financieros.
(2015), MODIFICACIÓN. Tema 42. Los medios de impugnación de las sentencias firmes. La rescisión en rebeldía. La revisión de las sentencias firmes.
(2014) Tema 42. La rebeldía y la rescisión de las sentencias firmes. La audiencia al demandado rebelde. La revisión de las sentencias firmes.
DERECHO PROCESAL PENAL

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 28. La fase de juicio oral: A) Trámites precedentes: a) designación del Magistrado-Presidente; b) cuestiones previas; c) auto de "hechos justiciables"; d) otros trámites; B) Celebración del juicio oral: la vista; suspensión del juicio oral. Posible disolución del Jurado: sus causas. El veredicto: escrito con el objeto del veredicto: instrucción a los jurados; deliberación y votación; acta; posible devolución del acta. Sentencia. Régimen de recursos, con especial consideración de la apelación contra ciertas sentencias.
(2014) Tema 28. La fase de juicio oral: A) Trámites precedentes: a) designación del Magistrado-Ponente; b) cuestiones previas; c) auto de "hechos justiciables"; d) otros trámites; B) Celebración del juicio oral: la vista; suspensión del juicio oral. Posible disolución del Jurado: sus causas. El veredicto: escrito con el objeto del veredicto: instrucción a los jurados; deliberación y votación; acta; posible devolución del acta. Sentencia. Régimen de recursos, con especial consideración de la apelación contra ciertas sentencias.
DERECHO MERCANTIL

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 11. La separación de socios. La exclusión de socios. La disolución: concepto y causas. Acuerdos de disolución. La liquidación. El liquidador: nombramiento y estatuto del liquidador.
(2014) Tema 11. La separación de socios. La exclusión de socios. Causas de disolución. Acuerdos de disolución. Disolución: concepto y causas. La liquidación. El liquidador: nombramiento y estatuto del liquidador.
DERECHO ADMINISTRATIVO Y LABORAL

(2015), MODIFICACIÓN. Tema 2. El sistema de fuentes del Derecho administrativo. El Reglamento. Relaciones entre Ley y Reglamento. Reserva de Ley, competencia y jerarquía normativa. El principio de inderogabilidad singular. Circulares e Instrucciones: su valor. Otras fuentes del Derecho administrativo: la costumbre y el precedente administrativo. Los principios generales del Derecho.
(2014) Tema 2. El sistema de fuentes del Derecho administrativo. La Constitución. Disposiciones con rango de ley: sus clases. Especial examen del control de los Decretos Legislativos. El Reglamento. Relaciones entre Ley y Reglamento. Reserva de ley, competencia y jerarquía normativa. El principio de inderogabilidad singular. Circulares e Instrucciones: su valor. Otras fuentes del Derecho administrativo: la costumbre y el precedente administrativo. Los principios generales del Derecho.

Por último, cabe señalar que la convocatoria de 2015 prevé la concesión de cinco minutos de gracia para el tercer ejercicio (segundo oral) si el tribunal lo estima conveniente, cosa que no se preveía en convocatorias anteriores.