Introducción

Este blog tiene por objeto recopilar toda la información que pueda ser de utilidad para preparar las oposiciones a la Carrera Judicial y a la Carrera Fiscal. Desde 2001, el acceso a ambas es común, es decir, es necesario superar el mismo proceso selectivo para, posteriormente, entregar un documento en el que se opta por una Carrera u otra.

La información está organizada en secciones para que puedas seleccionar más fácilmente el tema en el que estás interesado.

Gracias por visitar el blog y espero que te sirva de ayuda.

Desde el 7 de febrero de 2014, el blog está cerrado, sin perjuicio de posibles actualizaciones del temario. No me comprometo a contestar emails ni comentarios. Éste ha sido uno de los proyectos más bonitos de mi vida y os agradezco haberme acompañado en el camino.

jueves, 31 de octubre de 2013

Qué hacer cuando sale la convocatoria: trámites a cumplimentar

La convocatoria se publicará, en primer lugar, en la página web del CGPJ. Posteriormente y en el plazo de unos días, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. A partir de aquí es cuando tenemos que realizar una serie de actuaciones para poder participar en el proceso selectivo, y que se exponen en esta entrada. Vamos a tomar como base la convocatoria de 2013 por cuanto los trámites previos suelen ser idénticos en todos los procesos selectivos.

Presentar la solicitud (Base B) de la convocatoria de 2013). Dónde y cuándo. “Las solicitudes para tomar parte en la oposición se presentarán en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28004 Madrid); en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia (plaza de Jacinto Benavente, número 3; 28012 Madrid); o en el Registro General de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, número 4; 28071 Madrid) directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».”

Cómo. “El impreso gratuito para solicitar la participación en el proceso y liquidar la tasa por derechos de examen estará disponible en las páginas web www.poderjudicial.es, www.fiscal.es y www.mjusticia.es.”

NOTA: Este impreso se puede rellenar directamente en el ordenador y luego imprimirse. Para descargarlo, tienes que verificar que tu ordenador no bloquea las ventanas "pop-up" de la página del CGPJ (si no sabes como verificarlo, puedes consultar las instrucciones que el CGPJ tiene en su web al respecto). Para imprimirlo, tienes que verificar que se ha impreso el documento entero, incluidas las anotaciones en los márgenes.

Pago de tasas (Base C) de la convocatoria de 2013). Cuánto y dónde. “La tasa por derechos de examen asciende a 29.30 euros, según establece la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, actualizada por Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. La tasa se abonará en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, para lo cual será imprescindible acompañar el impreso oficial de solicitud”

Exención. En el punto 4, se prevé exención de tasas para las personas con discapacidad igual o superior al 33% y para personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 

Publicación de listas (Base D) de la convocatoria de 2013). Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección aprobará las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. En el correspondiente acuerdo, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», así como en las páginas web del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es), de la Fiscalía (www.fiscal.es) y del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, con expresión de las causas de la exclusión, así como los lugares en los que se encuentren expuestas al público las mencionadas listas. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos advertidos o formular las reclamaciones a que hubiere lugar.”

NOTA: En la resolución publicada en el BOE aparecerán los excluidos, pero no la lista de admitidos. Para comprobar que estás en esta lista, tendrás que consultar los anexos correspondientes en alguna de las páginas web indicadas.

NOTA: no se señala un plazo específico para resolución de impugnaciones.

Nombramiento del Tribunal calificador número 1 (Base F) de la convocatoria 2013). Tras la aprobación de la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas, se procederá al nombramiento del Tribunal calificador número 1. Su nombramiento, como el del resto de Tribunales, en su caso, se hará público en el «Boletín Oficial del Estado».”

Ejercicios de la oposición (Base G) de la convocatoria 2013). Primer ejercicio de la oposición. “La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se anunciarán por la Comisión de Selección en el «Boletín Oficial del Estado», así como en las páginas web del Ministerio de Justicia, de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial, con al menos diez días naturales de antelación. La incomparecencia al mismo determinará la renuncia a tomar parte en las presentes pruebas selectivas. Podrá llevarse a cabo en el territorio de uno o varios Tribunales Superiores de Justicia, si a la vista del número de solicitudes así lo decide la Comisión de Selección. A estos efectos, se entenderá por residencia el domicilio que se haga constar en la solicitud de participación en las pruebas. Finalizado el ejercicio, se entregará a la persona opositora una copia de su hoja de respuestas, que servirá como comprobante de su examen.”

NOTA: Generalmente y para un cuerpo estimado de 4.000 opositores,  el primer ejercicio se realiza en Madrid, Barcelona, Valladolid o Granada.

“El Tribunal calificador número 1, teniendo en cuenta el nivel de conocimientos de las personas aspirantes presentadas y antes de conocer su identidad, decidirá cuál será la puntuación mínima para superar este ejercicio, haciendo público dicho acuerdo. El Tribunal calificador número 1 elevará a la Comisión de Selección la relación de personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio. La Comisión procederá a distribuirlas entre los Tribunales nombrados. La fecha de publicación de la lista de personas aprobadas de este primer ejercicio supone el inicio del plazo de 10 días naturales para la interposición de las impugnaciones que procedan.”

NOTA: No se señala un plazo específico para la resolución de impugnaciones.

Segundo ejercicio de la oposición. “El comienzo del segundo ejercicio se determinará por la Comisión de Selección con una antelación mínima de 10 días naturales mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». En dicho anuncio, se incluirá un calendario de llamamientos a las personas opositoras distribuidas por semanas, de modo que cada una de ellas conozca la semana en que será llamada a examinarse.”

NOTA: En las listas sale la semana en que cada opositor se examina, pero no el día. Es posible hacer cálculos bastante aproximados (por ejemplo, si hay 20 convocados a la semana, es racional pensar que cada día citarán a 4 y examinarán de lunes a viernes ambos inclusive) aunque en cualquier caso es conveniente ajustar nuestro planning para acabar el estudio un par de días antes del día en que prevemos que nos van a convocar, por si acaso nos convocasen antes.

NOTA: Es posible que te convoquen un día, no de tiempo a examinarte, y tengas que volver al día siguiente.

Tercer ejercicio de la oposición. “La Comisión de Selección fijará la fecha, lugar y hora de comienzo del tercer ejercicio, publicándose dicho acuerdo, al menos, con cinco días naturales de antelación. En dicho anuncio, se incluirá un calendario de llamamientos a las personas opositoras distribuidas por semanas, de modo que cada una de ellas conozca la semana en que será llamada a examinarse.”

NOTA: Los mismos avisos realizados para el segundo ejercicio son de aplicación a este tercer ejercicio de la oposición.

Lista de aprobados.

Publicación de la lista de aprobados en el BOE.

Trámites posteriores. Consulta la entrada “¡He aprobado! ¿Ahora qué?”.

lunes, 28 de octubre de 2013

Estados de ánimo opositoriles: el síndrome del cambio de look

Buenos días compis,

Mientras opositamos, vivimos una vida extremadamente monótona: levantarnos, (quejarnos un poquito del sueño que tenemos), desayunar, (quejarnos otro poco), estudiar, comer, siesta (en su caso), estudiar, cenar y dormir. Esta rutina, salvo pequeños cambios que podamos introducir y que resulten beneficiosos, es inamovible. Es por esto que, según he verificado, intentamos cambiar otras cosas de nuestro entorno que sí son modificables. A esto, queridos compañeros, le llamo "el síndrome del cambio de look".

¿Cómo saber si tienes este síndrome? Los síntomas son los siguientes:
  • El cambio de look propiamente dicho. Creo que este síntoma es común al 90% de las opositoras, y se manifiesta en expresiones tales como las siguientes: "Buff... qué aburrida estoy de mi pelo. ¿Por qué está tan largo? Quiero cambiar. Voy a dejármelo corto. Qué soso queda, ¿no? Voy a ir otra vez a la peluquería y voy a ponerme flequillo. ¿Y el color? Qué aburrido. Voy a teñírmelo de rojo brillante."
  • El cambio de preparador (o intento de ello). El preparador debería ser una de esas cosas inamovibles en la vida de un opositor. Lógicamente, si tu preparador y tú no congeniáis bien, es esencial que busques otro; pero no me refiero aquí a esos casos. Me refiero a que tú, normalmente, adoras a tu preparador, pero eso de verlo todas las semanas dos días en semana... buff, agotador. Las expresiones que determinan que padezcas este síntoma son similares a cuando estás harta de tu novio, véase "Buff... qué pesadez, otra vez ir al preparador. Y siempre hacemos lo mismo. Le canto un tema, me dice cuatro cosas y me voy. ¡Nunca hacemos nada distinto! Creo que no me comprende. ¿Debería buscar otro?"
  • El cambio de novio/a (o intento de ello). Supongamos que eres un opositor privilegiado, con un novio/a que te comprende, te reserva siempre el día libre para hacer lo que tú quieras, te anima cuando entras en el bucle de las quejas, y en general no se viene abajo por nada. Tú, que tienes el "síndrome del cambio de look", padecerás los siguientes síntomas: "Buff... estoy súper agobiado/a, y este chico/a sólo se queda ahí mirándome y diciéndome cosas bonitas... ¡no me entiende! Esto es muy duro, ¿sabes? No se dicen cuatro cosas y se arregla... Qué pesado/a, siempre con el optimismo y la positividad, es súper irritante."

Si estás en alguno de estos casos, esta entrada va para ti. La recomendación es obvia: cambia aquellos aspectos de tu vida que requieran ser modificados... o al menos aquellos en los que el cambio no constituya un error irreversible. Cambiar de look es en la mayoría de los casos irreversible, pero lo peor que va a ocurrir es que no estés tan mona un tiempo y, seamos serios, opositando eso no es un problema. Cambiar de preparador si no has agotado tu etapa con él y congeniáis bien, es un error irreversible y sin sentido. Cambiar de novio si tu novio es maravilloso, es otro error irreversible y sin sentido.


Cuando eres opositor, tu mundo no gira. Me parece lógico, pues, que si existen dos o tres cosas que puedes cambiar y que van a hacerte sentir diferente, las cambies. ¡Pero ten cuidado con los cambios! ¿Cambias lo que es necesario cambiar, o cambias porque tienes el "síndrome del cambio de look"?

Yo, durante la oposición, me dejé el pelo corto. Me gustó mucho el cambio, así que lo califico como positivo... aunque ahora que he aprobado, muero por tenerlo largo de nuevo. ¿Y vosotros? ¿Qué cambios habéis hecho?

jueves, 24 de octubre de 2013

Qué hacer cuando sale la convocatoria: leer la convocatoria

La convocatoria se publicará, en primer lugar, en la página web del CGPJ. Posteriormente y en el plazo de unos días, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. A partir de aquí es cuando tenemos que realizar una serie de actuaciones para poder participar en el proceso selectivo (y que explicaremos en la entrada "Qué hacer cuando sale la convocatoria: trámites a cumplimentar") y cuando tenemos que informarnos de una serie de cuestiones esenciales sobre el proceso selectivo (que explicaremos a continuación).

Estas cuestiones esenciales sobre el proceso selectivo están TODAS en la convocatoria. No obstante, me consta que muy pocos opositores la leen. Parece una recomendación obvia, pero la haré igualmente: leer la convocatoria es esencial. Sólo así podrás solventar dudas como las que consigno en esta entrada. 

¿Cuántas plazas se ofrecen, y cuál es su distribución? En la convocatoria de 2013: 50 plazas, y de ellas 35 son de jueces (70%) y 15 de fiscales (30%).

¿Qué ocurre si aprueban menos personas que plazas? “Si el número final de personas aprobadas es inferior al de las plazas convocadas, la Comisión de Selección ofrecerá un número de plazas igual al de las personas aprobadas, manteniendo en este caso la misma proporción que guardan las plazas convocadas en cada una de las Carreras”. Es decir, si en la convocatoria de 2013 hubieran aprobado sólo 40 personas, de ellas 28 son de jueces (70%) y 12 de fiscales (30%).

¿Se reservan plazas para personas con discapacidad? ¿Qué ocurre si no se cubren? En la convocatoria de 2013: se reservan 3 plazas de las 50 plazas para personas con discapacidad. Si no se cubren, estas plazas acrecen las del turno libre.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder presentarse a las oposiciones? Hice un Grado en Derecho, ¿puedo presentarme? "Para tomar parte en este proceso, las personas aspirantes deberán ser mayores de edad, tener la nacionalidad española, y no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que recoge el artículo 303 LOPJ y el artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Podrán concurrir al proceso los licenciados en Derecho o los que posean un título equivalente en los planes de estudio actuales, es decir, la graduación en Derecho. Todo ello con referencia a la fecha en la que expire el plazo establecido para la presentación de solicitudes. Las personas aspirantes no deberán tener la edad de jubilación en la Carrera Judicial prevista en el artículo 386 de la misma Ley Orgánica, ni alcanzarla durante el tiempo que dure el proceso selectivo hasta la toma de posesión, según disponen los artículos 301.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el 46 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal."

¿Cuántos Tribunales calificadores habrá? "La Comisión de Selección podrá nombrar varios Tribunales calificadores para la evaluación de los ejercicios orales en función del número de aspirantes, distribuyendo equitativamente entre los mismos el número de personas opositoras y de plazas convocadas, salvo quienes participen por el turno de reserva para personas con discapacidad, que serán todas examinadas por el Tribunal calificador número 1. En tal caso, todos los Tribunales calificadores actuarán bajo la dirección y coordinación del Tribunal designado en primer lugar, al que corresponderá como Tribunal número 1 la resolución de cuantas consultas, interpretaciones o criterios de valoración y unificación puedan plantearse por los restantes Tribunales, los cuales, sin embargo, actuarán con autonomía en cuanto a la selección de las personas opositoras que les correspondan."

¿Qué ocurre si un Tribunal no cubre las plazas que tiene asignadas? En el supuesto de que se hubiera procedido al nombramiento de varios Tribunales y alguno de ellos dejara sin cubrir alguna de las plazas asignadas, éstas acrecerán las de aquel o aquellos Tribunales que considerasen necesario aprobar un número de personas opositoras superior al de las plazas asignadas en principio.”

¿Hay que exponer los temas con arreglo a la legislación vigente? ¿O a la legislación publicada, aunque aún no esté vigente? Si se reforma posteriormente la legislación, ¿debo exponer los temas conforme a tales reformas? “La oposición constará de tres ejercicios teóricos, todos de carácter eliminatorio. Tendrán como base el Temario publicado como anexo I al presente acuerdo, cuyo contenido, para todos los ejercicios de la oposición, se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» a la fecha de la publicación de la convocatoria, aún cuando no hubiera entrado en vigor.”

En los ejercicios orales, ¿se puede cambiar algún tema? “Cada aspirante, teniendo a la vista una copia de los epígrafes del Temario, extraerá los cinco Temas, y podrá rechazar uno de ellos, indicándolo al Tribunal antes de hacer uso del tiempo de preparación, en cuyo caso extraerá un sexto de la misma materia y bloque que el rechazado.”

¿He de tardar 60 minutos justos, o puedo pasarme un poco? En el primer oral, “excepcionalmente, cuando el contenido del ejercicio lo justifique, el Tribunal podrá conceder cinco minutos de gracia para finalizar el último Tema.” Esto no se prevé en el segundo oral.

En los exámenes orales, ¿existe tiempo de preparación? Antes del desarrollo del segundo y tercer ejercicio, la persona opositora dispondrá de quince minutos para la preparación de los mismos, pudiendo redactar, si lo desea, unos esquemas que tendrá a la vista durante la exposición oral, juntamente con el programa que le facilitará el Tribunal, sin poder efectuar ningún otro tipo de consulta.”

¿Qué criterios se valoran en el segundo y tercer ejercicio? "Para la evaluación de los ejercicios segundo y tercero, el Tribunal comprobará que la persona aspirante:
  1. Demuestra una preparación técnico jurídica suficiente, concretada en el conocimiento de la norma jurídica, los conceptos e instituciones relacionados en el Temario y las teorías doctrinales y jurisprudenciales sobre los mismos;
  2. Analiza con corrección los problemas que plantean;
  3. Obtiene conclusiones generales a partir de sus diferentes elementos;
  4. Relaciona adecuadamente cada instituto expuesto con otros puntos del programa;
  5. Expone los Temas con coherencia, claridad, orden y fluidez;
  6. Emplea con propiedad y corrección jurídica términos y expresiones;
  7. Dedica el tiempo adecuado a cada institución."

En los ejercicios orales, ¿puede el Tribunal preguntarme algo, o interrumpirme para que aclare algún punto? En cualquier momento de la exposición, el Tribunal, a través de su Presidencia, podrá hacer ver a la persona opositora la falta de desarrollo suficiente de alguno de los epígrafes de los Temas expuestos, para que pueda suplir dicha omisión en ese momento.”

En los ejercicios orales, ¿estaremos solo yo y el tribunal, o pueden acceder a la sala terceras personas? Los ejercicios segundo y tercero se realizarán en audiencia pública.”

En los ejercicios orales, ¿puedo pedir un aplazamiento? "Se efectuará un solo llamamiento para el grupo de personas opositoras que hayan de examinarse el mismo día, quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizar el ejercicio, salvo que con anterioridad a dicho acto justifiquen la causa de la incomparecencia o, de no poder hacerlo, lo acrediten sin demora, circunstancia que será apreciada por el Tribunal, el cual, en el caso de estimarla, examinará a la persona opositora al comienzo de la sesión siguiente en que sea posible hacerlo."

En los ejercicios orales, ¿el Tribunal puede invitarme a retirarme? “Cuando el Tribunal, consultado a tal efecto por su Presidente y por decisión unánime de sus miembros, apreciara a la conclusión del segundo Tema de cualquiera de los ejercicios orales una manifiesta deficiencia de contenido, invitará a la persona opositora a retirarse y dará por concluido para aquélla el desarrollo de las pruebas, reflejando la motivación oportuna en el acta de la sesión correspondiente.”

En los ejercicios orales, ¿qué calificación pueden darme? Pueden dar una calificación de “suspenso directo”, “apto” o “no apto”. Al concluir la exposición de los Temas, los miembros del Tribunal, valorando en su conjunto el ejercicio realizado, se pronunciarán en primer lugar sobre el suspenso directo o bien sobre la conveniencia de proceder a puntuarlo. Los empates se dirimirán por el voto de calidad de quien presida. Para el caso de proceder a puntuar el ejercicio, cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos a cada uno de los Temas expuestos, haciéndose constar en acta la puntuación otorgada por cada miembro a cada Tema. La nota final resultante se obtendrá con la suma de todas las puntuaciones, excluyendo la máxima y la mínima de las otorgadas a cada Tema, y dividiendo el total entre el número de puntuaciones computadas. Será necesario obtener 25 puntos para aprobar el ejercicio.”

¿Cómo se confecciona la lista final de aprobados? “Para la confección de la lista general se comenzará por las personas opositoras números 1 de cada Tribunal, ordenados según la puntuación obtenida, decidiendo los empates acudiendo a la nota obtenida por las personas empatadas en el primer ejercicio, en su defecto, por la obtenida en el segundo y, en último término, por sorteo entre los interesados; a continuación, se colocarán las personas aprobadas en segundo lugar, ordenados según el mismo criterio, y así sucesivamente hasta la formación completa de la lista.” “Para ajustar las puntuaciones a los puestos obtenidos de tal manera, y corregir las diferencias de criterio en el caso de que el orden en dicha lista no coincida con el orden en la puntuación obtenida, se adecuarán las puntuaciones, elevándolas en los casos en los que resulte procedente para que ninguna persona opositora tenga una puntuación inferior o igual a la de quien le siga en la expresada lista general.”

lunes, 21 de octubre de 2013

Estados de ánimo opositoriles: la oposición es una carrera de fondo, pero también puedes ser Kilian Jornet o Emelie Forsberg

Buenos días compis,

Seguro que más de una vez hemos escuchado que la oposición no es un sprint, sino una carrera de fondo. Efectivamente, y dado que el horizonte temporal de preparación pasa por un mínimo de 1 año y medio o 2 años y un máximo de infinito, es necesario tomársela como tal. No obstante, repetirse mucho esta máxima puede llevarnos a "acostumbrarnos" y a tomar como válidas otras expresiones, como por ejemplo:

  • "Si estudio a este ritmo, en 4 ó 5 años aprobaré"
  • "No se puede aprobar a la primera"
  • "Hay que tomárselo con calma"
Las expresiones que acabo de enumerar creo que no son productivas, por lo siguiente:

"Si estudio a este ritmo, en 4 ó 5 años aprobaré". Si estudias a ese ritmo, sea cual sea (y seguro que es muy bueno), aprobarás cuando estés preparado. Para estar preparado hay que saberse los temas, pero también y sobre todo hay que estar seguro de uno mismo, de que te mereces el aprobado, de que vas a ir al Tribunal Supremo y no te vas a levantar de la silla por nada del mundo hasta que acabes tu examen, el cual vas a hacer genial porque tú lo vales. Nada de "aprobaré en 4 ó 5 años", porque es posible aprobar antes y es tu deber intentarlo, y porque también es posible aprobar después y debes tenerlo en cuenta. Esta expresión de "aprobaré en 4 ó 5 años" me hace imaginarme a un opositor que se tira 3 años estudiando a buen ritmo pero sin "intentar" aprobar (a saber, va al Tribunal Supremo y coge las bolas y se retira, o empieza la exposición pero como cree que no le está saliendo muy bien se retira y piensa "bueno, es que hasta que no lleve 4 años no puedo aprobar"); en el cuarto año le entra el estrés total porque ya tiene que aprobar, y del estrés total se queda en blanco en el Tribunal Supremo; en el quinto año va desanimado, porque ya se está acabando el horizonte temporal que se dio para aprobar, y como no expone con convicción y no es capaz de rectificar los mínimos errores que comete y seguir, el Tribunal no le aprueba; y el sexto año... el sexto año ¿qué? Ya va fuera del horizonte temporal que se marcó. Toca replanteárselo de nuevo. Éste es el opositor en el que pienso cuando oigo "Si estudio a este ritmo, en 4 ó 5 años aprobaré".

Intenta no ser ese opositor. Empieza con buen pie. Ten en cuenta que los opositores pueden pasar por las siguientes etapas: de prueba ("llevo muy pocos temas y sólo voy a ver el examen"), novatada total ("es la primera vez que voy al Tribunal Supremo y la situación me ha superado, ¡me he puesto nerviosísimo!"), éxito parcial ("¡¡¡he aprobado el primer oral!!! Pero llevo muy pocos temas del segundo oral y no me va a dar tiempo a llegar") y éxito total ("¡¡¡he aprobado el segundo oral y tengo plaza!!!"). En base a esto, tengo una recomendación: preséntate a los exámenes desde el mismo momento en que empiezas a opositarSi lo haces, puedes pasar las fases de prueba y novatada total en los 2 ó 3 primeros años. Si no lo haces, puede que tu primer paso por el Tribunal Supremo sea cuando llevas opositando 4 ó 5 años y pagues ahí la novatada total. Y según el horizonte temporal que te has marcado, eso no puedes permitírtelo.

"No se puede aprobar a la primera". Sí se puede. Es cierto que parece raro, complicado, ¿imposible? Pero no lo es. Para ello, tienes que ir a "tu primera vez" pensando que se puede. Si no lo crees, no expones los temas con convicción y no te aprueban, eso seguro. El que no cree poder ganar, no gana. Por eso, mi recomendación es: cree en tí, cree que se puede, porque ¡todo son ventajas! Si no apruebas: da igual, porque aprobar a la primera es una cosa muy excepcional, nadie esperaba que lo hicieras. Si apruebas: bueno, ¡has aprobado! ¡Qué pasada! ¿Eso era posible? Qué fuerte, ¡eres un crack!

"Hay que tomárselo con calma". Bueno, no hay que ir ahogado, eso es cierto. ¿Pero tanto como tomárselo con calma? Yo creo que no, y como ya dije en otra entrada, recomiendo ir tan agobiado como para estar a punto de no cumplir con el preparador, pero no tanto como para no cumplir de forma sistemática. Hay que planear un ritmo y sistema de estudio que te permita aprobar en el horizonte temporal que te has marcado, e incluso que te permita acelerarlo para, en su caso, aprobar antes. Tenemos que evitar pasar por la fase de éxito parcial y ser capaces de llevar el temario lo suficientemente adelantado para aprobar el primer oral y aun así llevar parte de los temas del segundo oral y poder aprobarlo. Hay que esforzarse al máximo posible todo el tiempo, cualquiera que sea ese máximo.

Es por esto que esta entrada se titula "la oposición es una carrera de fondo, pero también puedes ser Kilian Jornet o Emelie Forsberg". No quiero que la máxima "la oposición es una carrera de fondo" podamos utilizarla como justificación de no dar lo máximo de nosotros mismos. Kilian Jornet y Emelie Forsberg son corredores de montaña. Cuando leáis estas líneas, ambos habrán participado en la Diagonale des Fous, una carrera de 170 km y 10.000 metros de desnivel positivo acumulado. Y no les basta sólo acabarla, no. Encima quieren ser los primeros.





Como conclusión, yo diría que la oposición es una carrera de fondo, pero que en la medida de la posible ha de ser una carrera de fondo "esprintada". ¿Qué pensáis? No sé vosotros, pero a mí, al lado de correr 170 km, hasta me apetecería ponerme de nuevo a estudiar.

jueves, 17 de octubre de 2013

Histórico de convocatorias

Esta sección tiene por objeto analizar la oferta de plazas y el resto de circunstancias que han caracterizado las diversas convocatorias a lo largo de los años. Viene a justificar el cambio que ha experimentado el proceso selectivo y que a mí me ha dado por llamar “la nueva era de la oposición”.

Con este término me refiero a la siguiente comparación entre la convocatoria de 2013 y la anterior, de 2011:
  • 50 plazas para unos 4.000 opositores firmantes (80 por plaza); en vez de 400 plazas para ese mismo número de opositores (10 por plaza).
  • Test con nota de corte en 74 (73 tras impugnaciones); en vez de 49, manteniéndose el ratio de aprobados (alrededor de 100 opositores por plaza).
  • Proceso selectivo rápido que dura unos 9 meses desde que se convocan las oposiciones (este año, convocatoria el 31 de enero, test el 21 de abril, primer oral de mediados de mayo a finales de julio, segundo oral de septiembre a octubre); en vez de un proceso de duración aproximada de 1 año y medio (aproximadamente, convocatoria en febrero, test a finales de mayo, primer oral de septiembre a febrero, segundo oral de marzo a mayo).
  • Aprobar los tres ejercicios no implica aprobar la oposición, sino que sólo pasan las 50 mejores notas; en vez de la seguridad de que todo el que aprueba los tres ejercicios aprueba la oposición, porque siempre suelen sobrar plazas.
  • A partir de ahora, no hay dispensas; es decir, no “se guardan” los ejercicios ya aprobados para próximas convocatorias.

Manuel Bagués, profesor del Departamento de Economía de la Universidad de Aalto en Helsinki, Finlandia, tiene disponible en su página web una serie de estadísticas sobre las oposiciones a las Carreras Judicial y Fiscal, entre otras. Sin ánimo de ser exhaustivos en esta entrada, reproducimos algunas de sus conclusiones, y nos remitimos a su página web para más información.

Desde el año 2001 las pruebas de acceso a la Carrera Judicial y a la Carrera Fiscal se realizan conjuntamente. Entre el año 2001 y el año 2011 el número de plazas por candidato experimentó una evolución muy positiva, pasando de una media de unas 200 plazas a unas 400 plazas. Paralelamente disminuyó ligeramente el número de opositores, desde unos cinco mil a principios de la década a unos cuatro mil candidatos en las últimas convocatorias. Este descenso refleja en parte la drástica disminución en el número de nuevos licenciados en Derecho, cuya cifra ha pasado de unos 19.315 en 1999 a 9.192 en 2010. Gracias al aumento en el número de plazas y a la disminución en el número de opositores, el ratio de plazas por número de candidatos inscritos se situó en la convocatoria del 2011 en torno al 10%. La tasa de éxito sería ligeramente mayor si se considera únicamente aquellos opositores que se presentan a las pruebas (ver Tabla 1). Las perspectivas son mucho peores en un futuro próximo, tras la suspensión de la convocatoria en 2012 y la convocatoria de únicamente 50 plazas en 2013.

Año de convocatoria
Nº candidatos inscritos
Nº candidatos presentados
Nº plazas convocadas
Nº plazas otorgadas
Plazas otorgadas por inscrito
Plazas otorgadas por presentado
2003
4.970
4.256
120
87
2%
2%
2004
4.730
3.946
240
240
5%
6%
2005
4.084
3.409
205
188
5%
6%
2006
3.918
3.471
282
238
6%
7%
2007
3.703
3.295
300
240
6%
7%
2008
3.581
3.160
233
209
6%
7%
2009
3.677
3.019
370
313
9%
10%
2010
3.779
3.285
364
364
10%
11%
2011
4.074
3.459
400
327
8%
9%
2013
3.925
-
50
-
1%*
-

* Previsión, pues aún no ha terminado el proceso selectivo.

Esta entrada incluye contenido que ya redacté en su momento y que se publicó en el blog “Sobrevivir a opositar” (de muy recomendada lectura, por otra parte). Gracias a Manuel Bagues por su extraordinaria labor de recopilación y análisis de datos.

martes, 15 de octubre de 2013

Dónde estudiar: índice de bibliotecas

Esta entrada tiene como objetivo indicar las bibliotecas disponibles en las diferentes localidades, para que cada uno pueda acudir a la que más le guste o, en su caso, a la única que esté abierta en los días festivos o vacacionales.

Bibliotecas Públicas de España. Puedes consultar la página web de la Red de sedes web de las Bibliotecas Públicas de España aquí, y buscar las que existan en tu localidad y sus horarios. No es necesaria ninguna acreditación especial para acceder a estas bibliotecas.

Bibliotecas Universitarias de Sevilla. 
  • Bibliotecas dependientes de la Universidad de Sevilla. Localización de cada una de ellas aquí; y horarios aquí. Es posible que te exijan el carnet universitario para acceder a estas bibliotecas. Si no perteneces a esta universidad, puedes obtener un carnet de la biblioteca que te faculta para acceder a sus instalaciones. Accesibles 24 horas: 
    • El llamado "búnker" de la Facultad de Matemáticas, en el Campus Reina Mercedes.
    • La sala de lectura de la Facultad de Derecho, en el Campus Ramón y Cajal.
    • La sala de lectura de la Facultad de Empresariales, en el Campus Ramón y Cajal.
    • La sala de lectura de la Facultad de Medicina, en el Campus Virgen Macarena.
  • Biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide. Localización aquí; y horarios aquíEs posible que te exijan el carnet universitario para acceder a esta biblioteca. No hay salas de lectura accesibles 24 horas.
Bibliotecas Universitarias de Madrid.
  • Bibliotecas dependientes de la Universidad Autónoma de Madrid. Localización de cada una de ellas aquí; y horarios aquí. Es posible que te exijan el carnet universitario para acceder a estas bibliotecas. Accesibles 24 horas:
    • La sala de lectura de la Facultad de Ciencias del Campus de Cantoblanco. NOTA: En Consejo de Gobierno de la UAM se ha aprobado el cierre de la Sala 24h entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2013, dentro de un paquete de medidas de ajuste presupuestario, derivado de complicada coyuntura económica actual.     

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